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El
nuestro es, indudablemente, un país de contradicciones. Si
bien se trata de una situación que se repite en todas las esferas,
de la que sobran ejemplos, nos referiremos exclusivamente al tema
ambiental; y para muestra basta un botón... El Artículo
123 de nuestra moderna Constitución Política dice, en
parte, por ejemplo: `Todos tienen el derecho de habitar en un ambiente
saludable, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo
de la vida, la preservación del paisaje y la naturaleza...'.
Una simple mirada a nuestro alrededor demuestra que sólo son
palabras y buenas intenciones.
La creciente contaminación, la siembra
de asfalto sobre nuestras tierras más fértiles, la sobreexplotación
de los recursos naturales, son asuntos lamentablemente reales que
nos amenazan a todos, y aunque no lo sepamos, son hechos inconstitucionales
e ilegales desde cualquier punto de vista; algo que el nuevo Código
del Medio Ambiente nos puede ayudar a enfrentar, para bien de las
mujeres y hombres del Perú...
La historia nos ha enseñado, a veces a golpes
(y de los que duelen) que temas tales como la protección
del entorno o la adecuada administración de los recursos
naturales, son asuntos impostergables y vitales para el desarrollo
y supervivencia de los pueblos del planeta. Es así que, en
todas las latitudes, lo ambiental cobra día a día
mayor presencia y empieza a dejar obsoletas las nociones que teníamos
de palabras como `desarrollo' o lo que creíamos que era `riqueza'.
Hoy, todos sabemos que muchos sistemas que prometían
prosperidad y justicia, han resultado perjudiciales y han derivado
en degradación ambiental, problemas sociales y atraso. También
hemos comprendido que la única y verdadera riqueza es la
diversidad biológica, ya que es la única que asegura
el futuro de la especie humana. Su preservación es por ello
fundamental.
Nuestro país no podía mantenerse al
margen de esta ola `verde' -que actualmente pone de cabeza al mundo,
rompe esquemas y modifica conceptos- es así que desde l979
se dan los primeros pasos por el camino de la nueva propuesta, incluyéndose
en la nueva Constitución varios Artículos referentes
a la ecología.
Ahora bien, una Constitución con verdadera
vocación ambiental (que contempla no sólo la protección
del entorno, sino además el uso racional de los recursos
naturales y la preservación del paisaje) y más de
mil normas -entre tratados, edictos, leyes y resoluciones- referentes
al tema en cuestión; poco, o nada, han podido hacer por nuestro
patrimonio natural. Pese a las palabras, la destrucción continúa.
¿Por qué? Recordemos... del dicho al hecho hay mucho
trecho'.
Una interpretación de este refrán es
lo que hace Carlos Chirinos, de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental
(SPDA) cuando nos dice que aunque la conservación es mandato
constitucional `debieron transcurrir más de diez años
para que nuestros legisladores hagan suya esta exigencia y se animen
a apoyar un cuerpo normativo que viabilice y comprometa la participación
ciudadana y estatal en su deber por preservar el medio ambiente
para las actuales y próximas generaciones de peruanos'.
Una larga historia
Quien quiera sacar adelante proyectos en el Perú
lo primero que debe hacer es tener mucha paciencia; y es que los
obstáculos son muchos, y las demoras algo inevitable. Los
hombres de leyes cuentan de casos en los que algunas promulgaciones
o simples rectificaciones han tardado más de ¡treinta
años!, cosas del `sistema' decimos encogiendo los hombros
con resignación. Nuestro Código del Medio Ambiente
y los Recursos Naturales no podía librarse de esta suerte
de `maleficio institucionalizado' y su historia ha sido, pues, larga
y accidentada, como esos caminos que nos llevan a las más
altas cumbres de las sierras, después de horas de baches,
precipicios y `soroche'.
Así por ejemplo, en el año 1984, mediante
Ley S No.23996 se declara de urgente necesidad nacional su elaboración.
Una Resolución Suprema crea una Comisión Redactora
Multisectorial que luego de dos años, de intenso debate y
trabajo, presentó un interesante Anteproyecto que pasó
a dormir el sueño de los justos, junto a cientos de otros
documentos, en los voluminosos archivos del Congreso. Es recién
durante el presente año que se nombra una Comisión
Revisora que elabora el actual Código, contando con el apoyo
técnico de dos organizaciones no gubernamentales de verdadera
y `verde' vocación -la ya mencionada SPDA y Proterra.
Opinan los expertos
El Ing. Gustavo Súarez de Freitas, de la Fundación
Peruana para la Conservación de la Naturaleza, indicó
que el nuevo cuerpo legal establece los mecanismos indispensables
para la prevención de un deterioro ambiental desprendido
de la ejecución de grandes obras de desarrollo.
El uso sostenido de los recursos naturales y su aprovechamiento
en favor de las grandes mayorías; la garantía de su
permanencia en el tiempo para futuras generaciones (evitando se
repitan casos como los de la anchoveta o el caucho) son perspectivas
que se contemplan en el Código, indica el Dr. Carlos Soria.
Como vemos, se trata de un importante documento que
esperamos sirva, de una vez por todas, para `compatibilizar el desarrollo
de nuestro país con la conservación de los recursos
naturales' en palabras del Dr. Jorge Caillaux, presidente de la
SPDA.
Un asunto que merece, indudablemente, todo nuestro
apoyo. Pero, como dijimos líneas arriba... `del dicho al
hecho hay mucho trecho'. La promulgación de un documento
no garantiza de ninguna manera que sus palabras se transformen en
realidades. Los expertos ya cumplieron con su parte. El resto depende
de lo que los hombres y mujeres del Perú estemos dispuestos
a hacer por el patrimonio natural de nuestro país.
Es bueno recordar que si bien la conservación
del entorno es responsabilidad del Estado, es deber de todo ciudadano
participar activamente en esta tarea. Sólo así podremos
garantizar un mañana positivo para los millones de seres
humanos que algún día verán la luz en estas
tierras nuestras...
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