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Piura,
Perú (ecologiaaldia.com/NPC)--
De momento, ninguna ley ampara EN ABSOLUTO
las pretensiones de Manhattan en Tambogrande. Es más, la carta
de Montes (29 de diciembre de 2000), vice ministro de Energía
y Minas, dirigida al Frente de Defensa de San Lorenzo sería,
desde donde se le mire, ILEGAL toda vez que cuando fue escrita,
ya se habría extinguido el derecho de la minera, de acuerdo
al Art. 5o. de la Ley 27015 del 19 de diciembre de 1998.
Según ese artículo, además, el área respectiva ya habría perdido
la categoría de peticionable, por lo que Manhattan debió retirarse
de la zona, pero ha tramitado una extensión del plazo en el
afán de que se le aplique las facilidades que otorga el artículo
6 de la referida ley.
La ley asiste a la población de Tambogrande a tomar las acciones
legales que correspondan tanto contra la minera, como contra
las autoridades que hayan actuado de manera irresponsable.
El régimen fujimontesinista, mediante el D.S. 016-98-EM declaró
la concesión de Manhattan, como de necesidad pública.
Este Decreto especifica que el Comando Conjunto de las Fuerzas
Armadas (o sea, las mismas autoridades militares que fueron
dadas de baja y firmaron el Acta de Sujeción al autogolpe de
1992) dio opinión favorable a un proyecto minero, cuyo espíritu
es extenderse hacia el Ecuador, traspasando nuestras fronteras
(la reciente concesión otorgada a Buenaventura, superponiendo
mapas, ingresa algunos kilómetros en la margen ecuatoriana del
río Macará).
El decreto fue firmado por Alberto Fujimori, Alberto Pandolfi,
Daniel Hokama y César Saucedo, quienes tienen procesos vigentes
por corrupción y/o están bajo investigación.
Fuentes de ecologiaaldia.com interpretan que este decreto es
"un saludo a la bandera" pues la Constitución especifica
que tales tierras deben revertir al Estado para que las mineras
--Manhattan en este caso-- las compre. Es decir, el Estado tendría
que "expropiar" este valle agrícola a sus miles de
parceleros, violando sus derechos de propiedad pre existentes
(la irrigación San Lorenzo, que data del gobierno de Manuel
A. Odría, se pobló entre 1950 a 1970).
Incluso, una ley de diciembre del mismo año (27015 "Ley
que regula las concesiones mineras en áreas urbanas y de expansión
urbana") dice literalmente en su artículo 1o.: "Limitaciones
en áreas urbanas: a partir de la vigencia de la presente Ley
no se otorgarán títulos de concesión minera metálica o no metálica,
ni se admitirán solicitudes de petitorios mineros en áreas urbanas
calificadas por ordenanza municipal..."
En un esquema neoliberal, Manhattan pretende que en nuestro
país se apliquen las prácticas de los regímenes comunistas que
privan del derecho de propiedad.
En cualquier caso, está claro que toda la legislación que invoca
la minera Manhattan para operar en la zona es anticonstitucional,
por donde se la mire, y sin necesidades de interpretaciones.
©Abril 2001
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